Fuente: www.argentina.ar
El Senado de la Nación aprobó por unanimidad, la ley que establece que las instituciones del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología y que reciban financiamiento del Estado Nacional, deben crear repositorios digitales institucionales de acceso abierto y gratuito en los que se depositará la producción científico-tecnológica nacional.

La producción científica que será publicada en los repositorios digitales abarca trabajos técnico-científicos, tesis académicas, artículos de revistas, entre otros; que sean resultado de la realización de actividades de investigación financiadas con fondos públicos ya sea, a través de sus investigadores, tecnólogos, docentes, becarios postdoctorales y estudiantes de maestría y doctorado. La Ley establece además la obligatoriedad de publicar los datos de investigación primarios luego de 5 años de su recolección para que puedan ser utilizados por otros investigadores.

Según el secretario de Articulación Científico Tecnológica del Ministerio, Alejandro Ceccatto, “la sanción de la ley es una respuesta a la posición monopólica de las grandes editoriales internacionales que concentran la publicación de investigaciones científicas” y agregó que “el objetivo es que la producción científica financiada por la sociedad sea accesible. Es inaceptable que si el Estado Nacional financia la investigación de una persona después no pueda la sociedad toda acceder a ese conocimiento”.

La información científica, principal fruto de los investigadores, es también el recurso más importante de la innovación tecnológica. La UNESCO es un organismo que promueve y apoya el libre acceso a ella, es decir, la accesibilidad en línea a la información académica para todos, libre de la mayoría de las barreras impuestas por las licencias y los derechos de autor, para promover el intercambio del conocimiento en el plano mundial, la innovación y el desarrollo socioeconómico.

Tras la media sanción en la Cámara de Diputados, durante mayo de 2012, la prestigiosa revista Nature publicó que “este tipo de legislaciones nacionales no son comunes en el resto del mundo aunque algunos países están comenzando a delinear políticas tendientes al acceso abierto de las investigaciones financiadas por el Estado”. Además la revista resaltó que “Argentina está nacionalizando su producción científica” y que esto podría “beneficiar a la comunidad internacional”.

En la región, solo Perú posee una ley de Acceso Abierto sancionada el año pasado, que convirtió al país en el segundo de América Latina, después de Argentina, en elevar una legislación nacional al respecto. En el caso de Estados Unidos, la obligatoriedad de publicar las investigaciones solo alcanza a aquellas financiadas con fondos públicos a través de sus Institutos Nacionales de Salud (NIH). Finalmente la Comisión Europea promueve el acceso abierto pero todavía con iniciativas aisladas.

Según los fundamentos de la ley, el modelo de acceso abierto a la producción científico – tecnológica implica que los usuarios de este tipo de material pueden, en forma gratuita, leer, descargar, copiar, distribuir, imprimir, buscar o enlazar los textos completos de los artículos científicos, y usarlos con propósitos legítimos ligados a la investigación científica, a la educación o a la gestión de políticas públicas, sin otras barreras económicas, legales o técnicas que las que suponga Internet en sí misma.